El 1 de enero de 2016 entró en vigor la Ley 35/2015 por la que se aprueba el nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico. Debemos destacar importantes y necesarias novedades. Entre ellas, trata la indemnización por lesiones temporales de forma diferente a como se ha venido haciendo. Estamos hablando de los días de hospitalización, días impeditivos y días no impeditivos.
Los antiguos días de sanidad pasan a denominarse ahora “lesiones temporales”. Por lo tanto, ¿Se eliminan con el nuevo baremo los días impeditivos y no impeditivos? En cierto modo sí, pero es un cambio más de nomenclatura.
Nos dice el artículo 134 del baremo 2016 que “Son lesiones temporales las que sufre el lesionado desde el momento del accidente hasta el final de su proceso curativo o hasta la estabilización de la lesión y su conversión en secuela”. Vamos, lo dicho; son lesiones temporales lo que antes se llamaba periodo o días de sanidad.
Por otro lado, las lesiones temporales parten de una indemnización básica de 30 € al día desde la fecha del accidente hasta el final del proceso curativo o hasta la estabilización de la lesión y su conversión en secuela. Podríamos decir que equivale a los días no impeditivos.
Si existe una pérdida temporal de calidad de vida por las lesiones, se establece una indemnización en función de la intensidad de la pérdida de esa calidad de vida. Se establecen tres grados: Muy grave: 100 € día; Grave: 75 € día y Moderados con una indemnización de 52 € día. Será labor de los abogados acreditar cuál ha sido la intensidad de dicha pérdida de calidad de vida.
Finalmente, se establece por cada intervención quirúrgica una horquilla de indemnización de 400 € hasta 1.600 €, en función de la gravedad de la intervención. A modo de ejemplo, entendemos que un supuesto de hospitalización de 15 días con una intervención quirúrgica, habría que valorar cada días de permanencia en el hospital a 100 € día más el importe de indemnización que se le asigne a la operación.
Nuestro criterio, como abogados con más de 20 años de experiencia en accidentes de tráfico, dada la diversidad de interpretaciones que se pueden hacer en la calificación de las lesiones con el baremo de tráfico 2016, aconsejamos solicitar asesoramiento de un abogado independiente a la compañía. Solicita una cita totalmente gratuita y sin compromisos, 91 831 81 18 o tuaccidente@tuaccidente.com