¿Sabías que el alcohol es responsable de entre el 30% y el 50% de los accidentes de tráfico? Sólo en el último año, según datos del Instituto de Toxicología y Ciencias Forenses, en nuestro país se produjeron más de 1.600 muertes y casi 125.000 heridos a causa del alcohol y la conducción.
Para conductores no noveles, la tasa de alcoholemia en sangre máxima permitida es de 0,5 g/l (0,3 g/l si se trata de noveles o profesionales). Aunque hay varios factores que intervienen para alcanzar esta tasa, es importante tener presente que se puede superar con dos tercios de cerveza o dos copas de vino. Nuestra recomendación es que si bebes, aunque sea lo mínimo, no conduzcas, ya que por incluso por debajo del límite legal, el riesgo de accidente puede verse incrementado.
Cómo afecta el alcohol en la capacidad de conducción
El alcohol produce alteraciones en el comportamiento al volante y afecta a las capacidades psicofísicas necesarias para una conducción segura.
Una persona que ha bebido, infravalora los efectos que el alcohol produce en ella (es el típico “yo controlo”); aumenta las conductas impulsivas y agresivas; y suele cometer más infracciones.
Según la DGT[1], los errores e infracciones más comunes bajo los efectos del alcohol son:
- Detenerse en el carril sin causa justificada.
- No guardar la distancia de seguridad entre vehículos.
- Realizar giros con excesiva amplitud.
- Circular por el carril incorrecto o invadiendo el carril contrario.
- Responder tarde a la señalización.
- Efectuar adelantamientos antirreglamentarios.
- Señalizar de manera incorrecta las maniobras.
Tratamiento legal
En nuestro país, el tratamiento legal de la alcoholemia tiene dos caminos posibles: la vía administrativa, que supone una sanción, y la vía penal que puede llegar a tener consecuencias penales, como trabajaos comunitarios, multas o incluso pena de cárcel.
Desde TUACCIDENTE.COM recomendamos un consumo responsable del alcohol y, por supuesto, no conducir después de la ingesta de alcohol. Recuerda que si lo necesitas, podemos ayudarte con tus reclamaciones de accidentes, pero siempre y cuando no conduzcas bajo los efectos del alcohol.
[1] Publicación El Alcohol y la Conducción, coproducida con el Ministerio del Interior