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Cuándo puedes reclamar daños en un accidente laboral

Portada » blog » Cuándo puedes reclamar daños en un accidente laboral

Los accidentes laborales están viéndose incrementados en los últimos meses, respecto el año pasado. Según el Ministerio de Empleo, en los meses de enero y febrero se contabilizaron 88.957 accidentes laborales durante la jornada laboral o en desplazamientos, lo que supone un 6,2% más que en el mismo periodo del 2016.

Hoy es el Día de la Seguridad en el Trabajo por lo que queremos recordar a nuestros lectores y clientes en qué casos se pueden reclamar daños en un accidente laboral.

¿Qué se entiende por accidente laboral?

Por accidente laboral nos referimos a cualquier tipo de lesión corporal que un trabajador sufra, como consecuencia del trabajo que realiza por cuenta ajena, ya sea durante su jornada laboral o en el trayecto de desplazamiento entre su casa y el trabajo (lo que se conoce como accidente in itinere). Eso sí, para que sea considerado accidente debe ser fortuito y nunca debido a una imprudencia del propio trabajador.

Los tipos de accidentes laborales son:

  • In itinere: si trascurre en el trayecto de desplazamiento entre la casa del trabajado y su puesto de trabajo (o a la inversa)
  • Los que ocurren desarrollando las tareas habituales del trabajador para desempeñar su trabajo correctamente.
  • Actos de salvamento: accidente en el cual, por orden del empresario o bien por acción espontánea del trabajador, este decide socorrer a otro trabajador que haya sufrido un accidente.
  • Enfermedades causadas por efectos relacionados con el trabajo, siempre que no haya otros factores involucrados en tal enfermedad.

¿Cuándo y qué se puede reclamar por un accidente laboral?

Siguiendo lo que dice nuestro Código Civil, por norma general, en un accidente, el culpable o causante del hecho debe reparar íntegramente el daño causado. Es decir, se podrían reclamar todos los daños que son consecuencia del accidente, ya sean corporales, patrimoniales o morales.

Dentro de los daños corporales, nos referimos a la lesiones sufridas por el trabajador y que le producen una incapacidad de carácter temporal o, incluso, una baja laboral. Se incluyen aquí los días de hospitalización y días de curación.

Los daños patrimoniales son los que afectan tanto a los bienes materiales del accidentado como a los gastos de carácter sanitario. Por otro lado, incluyen también el lucro cesante, que es la pérdida de ingresos o expectativas de mejoras que no se alcanzan debido al accidente.

Por último, el daño moral se puede reclamar, siempre que sea cuantificable de manera objetiva y concreta.

Si sufres un accidente laboral y no sabes cómo debes proceder para reclamarlo, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de tuaccidente.com o en el 900 92 02 22 y te asesoraremos gratuitamente y sin compromiso.

¿Tienes alguna duda?

Déjanos tus datos y te llamamos lo antes posible.

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